- Resuelve a favor de los organizaciones y quejosos inconformes con el programa “Después de las 10, en casa es mejor”.
- En quince días deberá resolver la Autoridad Municipal si acepta la recomendación.
Además, dice la CEDH, viola del artículo 28 constitucional que obliga a las autoridades a desplegar acciones que se encuentren establecidas en la ley o los reglamentos y que por tanto, cualquier acto no facultado coloca al servidor público fuera de ésta y sujeto a responsabilidad por apartarse del principio de legalidad y eficiencia a que está obligado a observar en el ejercicio de sus funciones, añade el texto.
Lo anterior fue resuelto por el Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos al emitir la Recomendación No. 17/2007 con motivo de la queja interpuesta por un grupo de organizaciones de la sociedad civil y por diversos ciudadanos que se inconformaron con el programa mejor conocido como “toque de queda”, agrega.
Tomado de arroba@juarez.com.
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