lunes, 17 de septiembre de 2007

Interrupción legal del embarazo en la Ciudad de México

La Secretaría de Salud es la Institución responsable de garantizar la protección en materia de salud y el acceso de atención médica a la población residente en el Distrito Federal, con el propósito de mejorar y elevar su calidad de vida, mediante el otorgamiento de intervenciones médicas integrales, oportunas y de calidad.

Para mayor información sobre la interrupción legal del embarazo en la ciudad de México, consulta la página:
http://www.salud.df.gob.mx/content/view/1081/70/

Si te interesa conocer los lineamientos generales de Organización y Operación de los Servicios de Salud Relacionados con la Interrupción del Embarazo en el Distrito Federal, visita este link(Gaceta del Distrito Federal número 75):
http://www.gire.org.mx/publica2/LineamientosILE_SSDF_040507.pdf

Requisitos para realizarse la interrupción legal del embarazo en la Ciudad de México

* El servicio será gratuito para las mujeres residentes del Distrito Federal siempre y cuando cumplan con los requisitos para entrar en el programa de gratuidad.
* Las mujeres que no sean residentes del Distrito Federal o sean extranjeras pagarán una cuota de recuperación (dicha cuota se determinará por medio de un estudio socio-económico).
* Tener menos de 12 semanas de embarazo.
o El hospital realizará un ultrasonido a la solicitante para determinar el número de semanas de gestación.
o Sólo se aceptarán ultrasonidos que puedan ser avalados por la Secretaría de Salud del Distrito Federal, o que sean realizados por el hospital donde se realizará la interrupción legal del embarazo.
* Una identificación oficial (credencial del IFE)
* Comprobante de domicilio (recibo de luz, teléfono, predial, agua)
* Dirigirse primeramente al área de Trabajo Social.
* Firmar el documento donde conste que están informadas y que autorizan el procedimiento.
* Deberán acudir acompañadas de una persona mayor de edad con identificación oficial (IFE).
* En caso de que la solicitante sea menor de edad, se requiere de la autorización de su tutor o representante legal.
* El procedimiento tardará dependiendo de la capacidad de atención del hospital y de las semanas de gestación de la usuaria. (Todos los casos serán atendidos).


Atención informativa y psicológica vía telefónica
Tel. 57 40 80 17
Lunes a viernes de 8 a 21 hrs. y sabado de 10 a 14 hrs.
Lic. Rafael Rodríguez.

1 comentario:

Anónimo dijo...

NO DEBERÍAN LLAMARLE INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO AL ABORTO, SINO MATANZA POR QUE ESO ES LO QUE ES.MATAS A TU PROPIO HIJO, LO ABORTAS Y ESA NO ES LA SOLUCION PARA ARREGLAR TUS PROBLEMAS.SI DE VERDAD NO QUIERES A TU HIJO,O TIENES PROBLEMAS ECONÓMICOS U OTRAS RAZONES PARA ABORTARLO, MEJOR DALO EN ADOPCIÓN HAY OTRA GENTE QUE DE VERDAD DESEA TENER HIJOS Y NO PUEDE.POR FAVOR TE PIDO QUE ELIJAS EL CAMINO DE LA VIDA Y NO DE LA MUERTE.ADEMAS,SI LO ABORTAS, VAS A TENER UN SÍNDROME QUE PUEDE APARCER DESPUESITO DEL ABORTO, HASTA AÑOS DESPUES DE EL ABORTO, LLAMADO EL SÍNDROME POST-ABORTO;EN EL QUE EMPIEZAS CON LA NEGACIÓN DE TYU PARTICIPACIÓN EN EL ABORTO Y LUEGO CON LA CULPA,TE DEPRIMES DESPUES , ENTRE OTRAS COSAS.ESTO SIN CONTAR LOS DAÑOS FÍSICOS QUE OCASIONA UN ABORTO.
POR FAVOR, ELIJAN LA VIDA Y NO LA MUERTE.